domingo, 6 de octubre de 2013

Soberanía e impacto ambiental en la Isla Calero


Soberanía e impacto ambiental en la Isla Calero

Gabriel Quesada
Presidente
Movimiento Ecologista Costarricense

En 1855 llegó a Nicaragua el estadounidense William Walker, inspirado por la doctrina del Destino Manifiesto, en la que los Estados  Unidos pretendían expandir su territorio en el Hemisferio Occidental, con especial interés en México, Centroamérica y el Caribe. 

Walker fue recibido por los liberales nicaragüenses,  ya que se encontraban en seria disputa con el grupo conservador.  El propósito de Walker era anexar la República de Nicaragua a los Estados Unidos e iniciar la construcción de un canal interoceánico en el río San Juan.  Incluso ya se había establecido  el transporte de mercancías  y personas a través de dicha ruta.  Fue la época en que se produjo la fiebre del oro en el oeste de los EE.UU.

La situación se tornó tensa en Nicaragua y se inició una  campaña nacional en contra de Walker y los sectores nicaragüenses que lo respaldaban.  Los dos bandos se enfrentaron en diferentes batallas en la que pierden los conservadores.  Walker se consolida en el poder y es nombrado presidente  de Nicaragua el 12 de julio de 1856, apoyado por los liberales y el gobierno de los EE.UU.

Costa Rica ante la amenaza de Walker en sus intentos anexionistas, le declara la guerra a Nicaragua y se da el primer enfrentamiento con las tropas extranjeras en la batalla de Santa Rosa,  20 de marzo de 1856, en la que es derrotado el ejército invasor y obligado a abandonar el territorio nacional.  Tres semanas después se enfrentan en Rivas, 11 de abril de 1856 y son de nuevo derrotados por las tropas costarricenses.  A finales de 1856, los  costarricenses vuelven a derrotar a los filibusteros y toman el campamento de la Trinidad, poblado donde se unen el río Sarapiquí y el río San Juan, el Castillo Viejo, la fortaleza de San Carlos, así como los vapores La Virgen y San Carlos.

Los socios de William Walker lo abandonan en la última expedición que hace a Centroamérica partiendo de Mobile, Alabama,  el 5 de junio de 1860.  Tres meses después es capturado en Honduras y fusilado el 12 de setiembre de 1860 en Trujillo.

Una vez finalizado el conflicto, se firma el Tratado Cañas –Jerez entre Costa Rica y Nicaragua,  el 15 de abril de 1858.  En el tratado se establecen los límites entre ambos países y se cierra un capítulo en la delimitación de fronteras entre ambos países ( artículo II del Tratado). http://www.manfut.org/cronologia/jerez.html  En fecha reciente, la Corte Internacional de Justicia ratificó los límites entre ambos países y los derechos que tienen las partes sobre el río San Juan (resolución del13 de julio de 2009).

En la actualidad existen, una vez más, grandes intereses en construir  un canal interoceánico en el río San Juan. El gobierno de Nicaragua inicia el dragado del río y  un estudio de la zona, con una compañía rusa y con el apoyo del ALBA.  Durante este proceso,  el  Ejército Nicaragüense  ingresa  a territorio costarricense sin el permiso correspondiente, lanza una cantidad considerable de sedimentos y deforesta un área en la Finca Aragón, Isla Calero, provincia de Limón  violentando la soberanía nacional. (Hoja Cartográfica,PuntaCastilla). http://www.mapasdecostarica.info/completas/hojas/123_punta_castilla.htm

El propósito de la incursión en territorio costarricense es construir un canal que una el río San Juan,  la Laguna Los Portillos y apoderarse de la Isla Calero.

Además, el Ejército Nicaragüense,  al ingresar al territorio nacional produce severos impactos ambientales en  el  Refugio Nacional de Vida Silvestre Barra del Colorado, lugar de gran importancia en la protección de flora y fauna, entre los que se encuentra la tortuga verde del Caribe,  y área protegida por la legislación nacional e internacional, particular la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, Ley 7224, del 8 de mayo de 1991, así como  el Convenio sobre Diversidad Biológica, Ley  Nº 7416 del 30 de junio de 1994.

Por tanto, debe el gobierno de Nicaragua retirar sus tropas de suelo costarricense  antes de establecer el diálogo entre los dos países.  Debe el gobierno de Nicaragua respetar  los tratados y convenios firmados entre las partes.  Debe respetarse nuestra soberanía en todos sus extremos y la protección de uno de los ecosistemas acuáticos más importantes del Neotrópico, la cuenca compartida del río San Juan. 

La soberanía de Costa Rica no se discute, se defiende.



sábado, 27 de julio de 2013

Explotación de energía geotérmica en parques nacionales es inconstitucional


Explotación de energía geotérmica en parques nacionales es inconstitucional


Gabriel Quesada
Presidente
Movimiento Ecologista Costarricense

La explotación de energía geotérmica, que pretenden realizar el Ministerio de Ambiente y Energía y el Instituto Costarricense de Electricidad, mediante el proyecto de ley N° 17.680,  que modificaría los límites del Parque Nacional Rincón de la Vieja, segregando 1.000 hectáreas (ha) de las 11.700 ha que posee el parque, es inconstitucional por las siguientes razones:
1.    La Constitución Política de Costa Rica, en su artículo 50 establece que:
“Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado.  El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho.  La ley determinará las responsabilidades  y las sanciones correspondientes”.

2.   De la norma constitucional anterior se desprenden dos aspectos fundamentales para oponerse a la reducción de los límites del Parque Nacional Rincón de la Vieja. El primero consiste en el deber del Estado de garantizar, defender y preservar ese derecho y el segundo en la legitimación que tiene toda persona, institución u organización para denunciar los actos que infrinjan la norma supra citada. 

3.    La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, mediante voto 2.913 de las doce horas y cero minutos del cuatro de marzo de dos mil once, resolvió: “El párrafo tercero del numeral 50 constitucional señala con toda claridad que el Estado debe garantizar, defender y preservar el derecho de toda persona a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado; lo que implica afirmar que los entes públicos no sólo están en la obligación de hacer cumplir –a los particulares y otros entes públicos- la legislación ambiental, sino también, ante todo, que deben ajustar su accionar a los dictados de esos cuerpos normativos tutelares. Las instituciones del Estado son las primeras llamadas a cumplir con la legislación tutelar ambiental, sin que exista justificación alguna para eximirlas del cumplimiento de requisitos ambientales”.

4.    La finalidad del proyecto de ley N° 17.680, que aquí se objeta, claramente violenta la garantía constitucional de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, por cuanto se pretende utilizar un área silvestre protegida, como lo es un parque nacional, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Orgánica del Ambiente 7.554 del 4 de octubre de 1995, para instaurar un proyecto de energía geotérmica.

5.    Costa Rica ratificó la Convención para la Protección de Flora, Fauna y Bellezas Escénicas Naturales de los países de América, mediante Ley N° 3.763 del 19 de octubre de 1966, donde se establece lo que se considera un parque nacional, a saber: “Las regiones establecidas para la protección y conservación de las bellezas escénicas naturales y de la flora y de la fauna de importancia nacional, de las que el público pueda disfrutar mejor al ser puestas bajo la vigilancia oficial.

6.    De aprobarse dicho proyecto, se estaría violentando el Artículo 7 de la Constitución Política, el cual establece que los tratados públicos, los convenios internacionales y los concordatos, debidamente aprobados por la Asamblea Legislativa, tendrán mayor fuerza que cualquier ley nacional, por lo que el actual Proyecto de Ley, tramitado bajo expediente N° 17.680 en la Asamblea Legislativa resulta absolutamente nulo e ilegal.

7.    El Convenio sobre Diversidad Biológica, ratificado por nuestro país mediante ley N° 7.416 del 30 de junio de 1994, en su artículo 1° expresa:“Los objetivos del presente Convenio, que se han de perseguir de conformidad con sus disposiciones pertinentes, son la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes (…)”. Dicho Convenio, también determina en su artículo 8 inciso a), que cada Parte Contratante establecerá un sistema de áreas protegidas o áreas donde haya que tomar medidas especiales para conservar la diversidad biológica; sistema de áreas protegidas que en el caso de nuestro país, y en relación al Parque Nacional Rincón de la Vieja, creado mediante Ley N° 5398 del 22 de abril de 1974, por su diversidad biológica, se estaría violentando dicho artículo.  Igualmente, el artículo 8 en su inciso g), indica que los Estados Contratantes, deberán promover la protección de ecosistemas y hábitats naturales y el mantenimiento de poblaciones viables de especies en entornos naturales; lo cual violenta el proyecto de ley N° 17.680, por cuanto el ecosistema es un complejo dinámico de comunidades vegetales, animales, microorganismos, y su medio abiótico, que interactúan como una unidad funcional.

8. La Declaración de Rio de Janeiro sobre Ambiente y Desarrollo, Doc A/Conf.151/26;31I.L.M.874 del 13 de junio de 1992, establece: Con el fin de proteger el ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades.  Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del ambiente. También regulado en el artículo 11 de la Ley de Biodiversidad Nº 7.788 del 30 de abril de 1998, la cual señala: 

“Criterio precautorio o indubio pro natura: Cuando exista peligro o amenaza de daños graves o inminentes a los elementos de la biodiversidad y al conocimiento asociado con estos, la ausencia de certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces de protección, lo que con dicho proyecto de ley se estaría violentando, toda vez que es ineludible la existencia de ecosistemas en el Parque Nacional Rincón de la Vieja que se verán transformados con la explotación geotérmica.


9.     La Sala Constitucional en la resolución antes citada también hizo referencia al principio precautorio, sobre el cual se pronunció de la siguiente manera: “El principio rector de prevención se fundamenta en la necesidad de tomar y asumir todas las medidas precautorias para evitar o contener la posible afectación del ambiente o la salud de las personas. De esta forma, en caso de que exista un riesgo de daño grave o irreversible -o una duda al respecto-, se debe adoptar una medida de precaución e inclusive posponer la actividad de que se trate. Lo anterior debido a que en materia ambiental la coacción a posteriori  resulta ineficaz, por cuanto de haberse producido el daño, las consecuencias biológicas y socialmente nocivas pueden ser irreparables; la represión podrá tener una trascendencia moral, pero difícilmente compensará los daños ocasionados al ambiente” .

10.  La Convención de Defensa del Patrimonio Arqueológico, Histórico, Artístico de las Naciones Americanas, Ley Nº 6.360 del 20 de agosto de 1969, así como la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural y Natural, ratificada por Costa Rica en 1977 bajo la Ley Nº 5.980 del 16 de noviembre de 1976, toda vez que en el Parque Nacional Rincón de la Vieja se encuentran sitios arqueológicos de gran relevancia para la historia de Costa Rica.

Por las razones expuestas, debe retirarse de inmediato del proyecto de ley Nº 17.680, denominado Ley para el Aprovechamiento de la Energía Geotérmica en el Área de Conservación Guanacaste” que se encuentra en la Comisión Especial de Ambiente de la Asamblea Legislativa o cualquier otro proyecto de ley que pretenda segregar los parques nacionales para explotaciones energeticas, toda vez que violenta la Constitución Política, los convenios y tratados internacionales ratificados por Costa Rica, la Ley Órganica del Ambiente, la Ley de Biodiversidad y leyes conexas. Los parques nacionales son del dominio público, pertenecen a todos los costarricenses y son patrimonio natural de la humanidad.


viernes, 2 de noviembre de 2012

Fundador del movimiento ecologista en Costa Rica



Fundador del movimiento ecologista en Costa Rica

Gabriel Quesada Avendaño
Presidente 
Movimiento Ecologista Costarricense




Bien servidas estarán nuestras patrias y aquellos que las heredan, si hoy sabemos conservar, amar e investigar el patrimonio milenario que hizo posible nuestra propia existencia. *
Ricardo Quesada López-Calleja

RESUMEN

Ricardo Quesada López-Calleja nace en el Barrio Amón, San José, Costa Rica, un 31 de agosto de 1929. Fue el hijo menor de Víctor Quesada Carvajal y Hortensia López-Calleja Mora. Estudió en escuelas públicas y privadas,  y se gradúa como abogado y notario en la universidad pública. Trabajó con su padre en el Almacén Castro y Quesada durante su juventud. Inicia y transforma el comercio exterior en Costa Rica al establecer relaciones comerciales con diversos países de Europa del Este, donde fue nombrado como embajador. En la década de los años 70 fue profesor en la Escuela Normal Superior y en la Escuela de Ciencias Políticas de la Universidad de Costa Rica. Publica diversas iconografías de próceres, como de las principales piezas arqueológicas del Museo Nacional, así como su obra principal, Costa Rica. La Frontera Sur de Mesoamerica. Funda el movimiento ecologista en Costa Rica, y crea el Comité de Defensa del Patrimonio Nacional (CDPN) el 24 de abril de 1970,  junto con un grupo de estudiantes, profesores y amigos. Participa en gran cantidad de luchas en defensa de nuestro patrimonio arqueológico y natural, así como el establecimiento de leyes  en estos campos. En especial, la incorporación del párrafo segundo del artículo 50 de la Constitución Política de Costa Rica y la redacción de un Código del Ambiente. Como fundador del movimiento ecologista, esta es la herencia que dejó Ricardo Quesada López-Calleja a los costarricenses, quien fallece en la ciudad de San José, un 31 de enero de 1994

Palabras clave: comercio exterior, iconografía, patrimonio nacional, movimiento ecologista, Comité de Defensa del Patrimonio Nacional, legislación ambiental.

Well served will be our countries and those who inherit them, if we have the wisdom  today to preserve, love and explore the millenary heritage that has enabled our own existence. *

Abstract

Ricardo Quesada López-Calleja was born in Barrio Amón, San José, Costa Rica  on August 31, 1929. He was the youngest son of Víctor Quesada Carvajal and Hortensia López-Calleja Mora.  Educated in private and public schools, he graduated as a lawyer from the University of Costa Rica.  He worked in the Almacén Castro y Quesada, as a teenager with his father. International trade between Eastern Europe and Costa Rica, as well as cultural and educational activities, were performed by Quesada López-Calleja from 1954 to 1969.  He taught in the Escuela Normal Superior, and Political Science School in the University of Costa Rica. Iconographies from leaders of the world and archeological artifacts from the Museo Nacional were published by Quesada. Founder of the environmental movement in Costa Rica, he created the Comité de Defensa del Patrimonio Nacional on April 24, 1970. Afterwards, he was involved in several fights to protect the environment, in particular, the introduction of an environmental amendment in the Constitution of Costa Rica (Art. 50) and to enact the Environmental Law. Ricardo Quesada López-Calleja died on January 31, 1994, and this was his legacy to the people of Costa Rica.
  
Key words: international trade, iconography, national patrimony, environmental movement, Comité de Defensa del Patrimonio Nacional, environmental legislation.
                                                                
Ricardo Quesada López-Calleja nace en el Barrio Amón, San José, Costa Rica un 31 de agosto de 1929. Fue el hijo menor de Víctor Quesada Carvajal y Hortensia López-Calleja Mora. Sus estudios preescolares los realizó en la escuela maternal, la cual inició su tía María Isabel Carvajal Castro. También Cursó estudios en la escuela alemana, en la Buenaventura Corrales y  en la Juan Rudín. Continuó estudios secundarios en el Liceo de Costa Rica y los finalizó en el Colegio Seminario. Ingresó a la Universidad de Costa Rica durante los años 50 a la Facultad de Derecho y de Filosofía y Letras, donde se egresó. Por razones políticas, se graduó como abogado y notario hasta inicios de la década de los años 70, donde mantuvo una fuerte discusión con el Decano de la Facultad de Derecho, a tal extremo que el Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica ordenó al decano que tenía que aceptar la investigación realizada por Quesada López-Calleja. Finalmente, Ricardo presentó su investigación, se graduó con honores y la obra fue recomendada para publicación (Quesada, 1974)

Durante su juventud trabajó junto a su padre en el Almacén Castro y Quesada, fundado en la década de los años 20,  donde se fue  agente vendedor en las provincias de  Puntarenas y Guanacaste, cuando visitaba los comisariatos de algunos costarricenses y de los chinos descendientes, de aquellos que habían migrado a esas provincias durante finales del siglo 19 a Costa Rica. Después de la guerra civil de 1948, el almacén de su padre es intervenido por los grupos ultraconservadores. A pesar de que Víctor, fue incluido en los Tribunales de Probidad, no pudieron cerrar el almacén, como pretendían esos grupos. El Almacén Castro y Quesada cerró sus puertas con la muerte de Víctor en 1955 y no por la intervención de sus detractores. Víctor había sido hombre honesto y ordenado en el manejo de sus finanzas.  En su casa se había firmado el pacto de las Garantías Sociales.

En 1954 casa con Margarita Avendaño Jiménez, con quien procrea cuatro hijos, Gabriel, José Pablo, Mauricio y Florencia. En ese año, funda una empresa comercial privada llamada Importación y Exportación, S.A,  firma dedicaba a importar artículos de países como, Checoeslovaquia, Bulgaria, Polonia, República Democrática Alemana y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS). Ricardo, transforma el comercio exterior nacional al abrir nuevos mercados para el café y otros productos costarricenses en esos países. Invitó a un grupo de diputados de varios partidos políticos a visitar la URSS, los cuales fueron recibidos por el presidente del Soviet Supremo, máximo órgano legislativo de la época en esa nación. El campo socialista ofreció al país, vastos mercados capaces de comprar y vender cualquier producto a precios muy ventajosos, asistencia técnica y fuentes de crédito a muy bajo interés.  Fue embajador de Costa Rica en Europa del Este desde 1954 hasta 1969 y funda la Sociedad de Amigos de la Revolución Cubana, junto a su amigo Carlos Luis Fallas Sibaja a principios de los años sesenta.  Producto de las relaciones comerciales y diplomáticas con los países socialistas, en especial con la URSS, se establecen programas culturales, becas para estudiantes costarricenses en esos países y la legalización del Partido Vanguardia Popular en 1975, el cual había sido proscrito después de la Guerra Civil de 1948 (Quesada, 1974).     

Debido a diferencias ideológicas y políticas con un sector de la dirigencia del Partido Vanguardia Popular, abandona el partido y sus actividades comerciales con los países socialistas.

Ingresa como profesor en  la Escuela Normal Superior en 1970. Descubre que  los estudiantes carecían de material didáctico en diversos campos, uno de ellos era la ausencia de retratos de próceres americanos y del mundo. Así dio inicio a una nueva actividad en su vida, la pintura retrato en plumilla. Una vez que pintó más de 20 próceres, los imprimió y creó su propia empresa, la Editorial Patria Libre. Expuso su obra, por primera vez, en el Ministerio de Educación, quien la avaló ampliamente. Los resultados fueron tan positivos, que decidió hacer una iconografía de las piezas más destacadas del Museo Nacional y así nació la obra ¨ De Quetzalcoatl a Viracocha¨. Esta consistió en un trabajo fotográfico y multicolor de una gran cantidad de piezas del museo y reproducidas en hojas de 60 por 30 centímetros (cm) de tamaño, debidamente clasificados en tiempo, espacio, tamaño y cultura.  

En esa época, funda el movimiento ecologista en Costa Rica, el 24 de abril de 1970 y crea el Comité de Defensa del Patrimonio Nacional (CDPN), junto con un grupo de estudiantes, entre los cuales estaba el que suscribe, profesores y amigos. El CDPN nace a raíz de la discusión en la Asamblea Legislativa del contrato ley que firmó el Gobierno de la República con la Aluminum Company of America (ALCOA), compañía minera que pretendía  explotar 20. 000 hectáreas (ha) de bauxita en el Valle del General.

Una de las primeras luchas del CDPN fue la denuncia del comercio y exportación de la arqueología nacional, tanto dentro, como fuera de Costa Rica. Los saqueadores de tumbas se habían organizado en un sindicato inscrito en Ministerio de Trabajo y contaban con la venia de la entonces junta directiva del Museo Nacional.  Otro caso de gran trascendencia, fue la recuperación de gran cantidad de material arqueológico en el estado de California. Después de un largo y complejo juicio, se recuperaron cientos de piezas con un valor que superaba el millón de dólares.  El juicio fue de gran trascendencia para el país y el resto de la comunidad latinoamericana de naciones, ya que se estableció  jurisprudencia a nivel internacional en este campo. A principios de los años 80, y como reconocimiento a su lucha en defensa del patrimonio arqueológico, se publica el libro, Costa Rica. La Frontera Sur de Mesoamerica (1980), Premio Nacional Aquileo Echeverría.

De la Escuela Normal Superior pasó a impartir lecciones en la Escuela de Ciencias Políticas de la Universidad de Costa Rica durante 4 años.  Durante ese período, el año 1974, el CDPN inició una fuerte campaña contra intereses internacionales y  nacionales que pretendían convertir la Isla del Caño en un casino, sin importar su riqueza arqueológica y biológica. Gracias a la lucha que lideró el CDPN, la isla se declaró reserva biológica y hoy forma parte del Área de Conservación Osa.  Lo mismo sucedió con la Isla del Coco, intereses ajenos a Costa Rica pretendieron hacer de la isla un garito internacional.   En 1976,  el Gobierno de Costa Rica y el CDPN invitaron a la Sociedad Cousteau a realizar un viaje científico y de reconocimiento a la isla para reafirmar nuestra soberanía. Posteriormente, la isla se declara parque nacional y reserva biológica en junio de 1976 y Patrimonio Natural de la Humanidad por la UNESCO en diciembre de 1997. Debido la posición geográfica de la Isla del Coco, Costa Rica tiene un territorio continental y marino más grande que  todo el territorio centroamericano. 

Actividades en defensa de la vida silvestre también fueron realizadas por el CDPN.  La muerte de 325 cetáceos, delfines, en Bahía Ballena, Playa de Tambor  fue denunciada por esta organización en 1976.  Se promovió una fuerte  campaña en la Asamblea  Legislativa  para proteger la tortuga verde del Caribe en el año 1979.  Intereses espurios pretendían modificar las leyes que protegían a estos quelonios.  Lo mismo se hizo en 1986 contra el Convenio del Atún que entregó a compañías internacionales nuestra riqueza atunera del Pacífico.  La pesca masiva del atún trajo como consecuencia la muerte de cientos de delfines que quedaban atrapados en las redes de pesca.  El CDPN, plantea la urgente necesidad de crear el Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo para proteger los bosques del Caribe Sur contra la expansión bananera y el acelerado crecimiento turístico que desde esa época se perfilaba para  la zona. Años más tarde la situación se complicó a tal extremo, que funcionarios inescrupulosos de la administración pública otorgaron  una gran cantidad de concesiones dentro del refugio violentando la zona marítimo terrestre, así como diversas normas jurídico-ambientales. 

Recientemente, la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia ordenó al Ministerio del Ambiente y Energía demoler un hotel  que había contado con todo el respaldo  y los permisos otorgados durante la administración 90-94.

En agosto de 1977 se instala la primera Comisión Investigadora que determina la Contaminación de las Aguas del Golfo de Nicoya y Mar Patrimonial.  Una vez más la comisión fue propuesta por el CDPN a un grupo de diputados de la Asamblea Legislativa de la época.  El propósito de la comisión fue evaluar el impacto ambiental que sufre el Valle Central producto de la contaminación agroindustrial y fecal de sus principales cuencas hidrográficas, tanto a nivel superficial como subterráneo.  Además, de la evaluación del impacto negativo que se produce en el ambiente por la contaminación del agua, se propuso la creación de un Centro de Investigación en Contaminación Ambiental, con sede en la Universidad de Costa Rica (UCR).  A pesar de los esfuerzos realizados por el movimiento ecologista, la contaminación de las aguas en el Valle Central es alarmante y el problema no ha sido resuelto por parte de las autoridades públicas o la empresa privada.

El establecimiento del Parque Nacional Braulio Carrillo  fue otra importante lucha realizada por organizaciones estudiantiles y el CDPN.  Se propone, ante la Asamblea Legislativa, crear el parque como la única posibilidad para proteger uno de los ecosistemas más frágiles que existen en Costa Rica.  

La preocupación que expresó el CDPN,  sobre los impactos ambientales que se producirían en esa carretera, ha quedado demostrada durante todos estos años por la  muerte de cientos de costarricenses producto de deslizamientos que se generan todos los años a lo largo de esta carretera.

En cinco oportunidades diferentes el CDPN logró movilizar estudiantes, campesinos, obreros e intelectuales para que no se introdujera al país un oleoducto interoceánico por parte de las compañías petroleras más poderosas del planeta.  Argumentos científico-jurídicos en materia de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), preparados por un grupo de especialistas nacionales, permitió que un número importante de diputados derogara en 1980 la ley 5500, que permitía la introducción de oleoductos en Costa Rica.    

Durante la década de los años 80, inició una fuerte campaña de información  a los costarricenses acerca de los efectos que produciría el SIDA (síndrome de inmunodeficiencia adquirida) en poblaciones humanas. El entonces Ministro de Salud, amenazó a Ricardo y al director del periódico, con un proceso penal si continuaba publicando dichos artículos. A pesar de las amenazas oficiales,  el ministro llevó la peor parte en la polémica con Quesada (Crónica Diputados, 1991).

En 1986, se discute en la Asamblea Legislativa la aprobación de un préstamo multimillonario para construir una planta geotérmica en la zona de Miravalles, provincia de Guanacaste.  Como el proyecto carecía de una EIA, algunos diputados del período 1986 -1990 y miembros del CDPN plantearon la urgente necesidad de evaluar las consecuencias biofísicas y humanas que el proyecto podría tener en la zona.  Después de largas discusiones, tanto en la Comisión Especial para Revisar el Proyecto Geotérmico de Miravalles, como en el plenario del Congreso, se exige al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), presentar un informe de impacto ambiental.  

Paralelo a la discusión del proyecto geotérmico de Miravalles,  el CDPN plantea la urgente necesidad de introducir en la Constitución Política un título único de Derechos y  Garantías Ambientales, la redacción de un Código del Ambiente, la creación de una Comisión  Especial de Ambiente en la Asamblea Legislativa, la transformación del MIRENEM (Ministerio de Recursos Naturales Energía y Minas) a Ministerio del Ambiente, así como la Procuraduría Ambiental   (Quesada, 2008)

Con estas transformaciones ecológico, jurídicas y administrativas, tanto el Estado, como los particulares, hoy cuentan  con mecanismos y procedimientos efectivos para proteger el patrimonio ambiental de la nación y asegurarle a las presentes y futuras generaciones un ambiente ecológicamente sostenible.

Como fundador del movimiento ecologista en Costa Rica esta es indiscutiblemente, la herencia que dejó Ricardo Quesada López-Calleja, quien fallece en la ciudad de San José, un 31 de enero de 1994.

Bibliografía
 
Crónica Diputados. 1991. Miedo a la verdad tiene sometida a la sociedad. Edición 26. San José, Costa Rica.

Quesada, G.  2008. Garantías Ambientales. Un nuevo modelo ecológico-político para Costa Rica y el mundo. Editorial Universidad Estatal a Distancia. San José, Costa Rica.

Quesada, R.  1974. La forja de una nación. Tesis de Licenciatura en Derecho, Universidad de Costa Rica, San José, Costa Rica.

-------------  1980.  Costa Rica. La Frontera Sur de Mesoamérica.  INCAFO, España.